top of page
Contrato de Consignación Mercantil

Contrato de Consignación Mercantil

$10,000.00 Regular Price
$3,500.00Sale Price

El Contrato de Consignación Mercantil es uno de los actos de comercio regulados por el Código de Comercio a partir de su artículo 392, donde establece que este contrato es aquel donde se transmita la disponibilidad, mas no la propiedad, de uno o varios bienes, por parte de una persona que se llamara consignante a otra que será el consignatario con la finalidad de que dentro de un periodo de tiempo le pague una cierta cantidad de dinero, o le restituya el bien en caso de no lograr su venta.

 

Normalmente se utiliza para bienes como vehículos automotores, o muebles para el hogar, aunque no se encuentra limitado a alguno en específico, cualquier bien mueble puede ser susceptible a consignación, desde alguna pequeña cantidad de semilla comestible, hasta maquinaria pesada para la industria de la construcción.

 

Dentro de las clausulas puede establecerse cualquier punto fino que haya sido acordado durante la negociación del acuerdo, desde el tiempo en consignación, las comisiones para el consignatario, las razones por las que puede rescindirse el contrato, el tiempo de aviso antes de regresar el bien o venderlo, y en su caso, como habrá de conservarse el bien durante el tiempo que dure consignado.

 

Si tienes mayores dudas o, necesitas asesoría para la redacción e incorporación de un contrato de consignación no olvides ponerte en contacto con nuestros expertos, GCQ abogados y consultores de negocios, innovación y seguridad jurídica.

 

Por:

Eduardo Avelar
Alejandro Quiñonez Flores

bottom of page